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22 de septiembre de 2020

PDI Tarapacá ha denunciado a 1.343 extranjeros por ingreso clandestino

La Policía de Investigaciones de Chile (PDI) a través de lo señalado en el Decreto de Ley N° 2460 de 1979, en su artículo Nº5, dispone que tiene entre sus misiones específicas, la de controlar el ingreso, egreso y reingreso de personas del territorio nacional y la fiscalización de la permanencia de extranjeros en el país, la validez y autenticidad de sus documentos de viaje y la libre voluntad de las personas de ingresar o salir de él, funciones que se encuentran centradas en la Jefatura Nacional de Migraciones y Policía Internacional (JENAMIG).
Conforme a ello, en lo que va del año, detectives pertenecientes al Departamento de Migraciones y Policía Internacional Iquique (POLINT) ha denunciado a la autoridad administrativa a 1.343 extranjeros por infracción a la Ley de Extranjería. De ellos, 410 corresponden a ciudadanos de Venezuela, donde 383 venezolanos fueron por hechos ligados al artículo 69° de la citada ley que sanciona el ingreso clandestino al país.

Infractores a la Ley de Extranjería

A su vez, entre enero y agosto del presente año, POLINT han desarrollado 123 procedimientos referentes a fiscalizaciones, donde se han controlado a 2.108 extranjeros, es decir, 65 de estos procedimientos han finalizado con extranjeros denunciados a la autoridad administrativa por la detección de infracciones a la ley migratoria. En comparación al mismo periodo del año 2019, se visualiza un aumento en nuestro trabajo en este sentido, puesto que a esa fecha se habían practicado 52 fiscalizaciones, de las cuales 38 de ellas resultaron con extranjeros denunciados, es decir se han hecho un 42% más de este tipo de procedimientos durante el 2020.

Expulsiones
Durante el 2020, se han expulsado 484 extranjeros, de ellos 456 corresponde a aquellos a quienes se les decretó por parte de los Tribunales de Justicia una expulsión judicial (Artículo 34 de la Ley 20.603, establece medidas alternativas a las penas privativas o restrictivas de libertad, la cual establece que el tribunal a modo de pena sustitutiva a los condenados de nacionalidad extranjera), y 28 del tipo administrativas.